Art. 175
Título TITULO VIIICapítulo CAPÍTULO TERCERO

Art. 175

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En vigor desde 31 jul 2025
1. El Congreso puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción de una moción de censura. 2. La moción deberá ser propuesta, al menos, por la décima parte de la Cámara en escrito motivado dirigido a la Mesa del Congreso y habrá de incluir un candidato o candidata a la Presidencia del Gobierno que haya aceptado la candidatura. Se modifica por el art. único.132 de la Reforma del Reglamento de 22 de julio de 2025. Ref. BOE-A-2025-15844

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eli/es/res/1982/02/24/(1)#art-175