Art. MG3
Capítulo CAPÍTULO X

Art. MG3

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En vigor desde 4 ene 2021
Los requisitos para las instalaciones de almacenamiento a las que se refiere este artículo se encuentran en el Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas [DR-3], en particular lo establecido en la instrucción técnica complementaria MI-IP 02 «Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos», teniendo en especial consideración lo referido a instalaciones para suministro de combustible a aeronaves .
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Pro

eli/es/res/2020/12/23/(2)#mg3-2