Capítulo CAPÍTULO VII
Art. MAC1
70 / 108En vigor desde 4 ene 2021
Aquellos equipos estáticos de puesta a bordo destinados a ser utilizados por usuarios que realizan la actividad de autoservicio, tal y cómo está definida en el artículo 2 de la Orden TMA/692/2020, deberán disponer de paneles informativos cuyo contenido mínimo está especificado en los medios aceptables de cumplimiento y material guía del artículo 26.
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Proeli/es/res/2020/12/23/(2)#mac1-22