Art. Octavo

Art. Octavo

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En vigor desde 5 nov 2009
A los gastos ocasionados por comparecencias anteriores al 22 de abril de 2009 no les será de aplicación lo establecido en esta resolución, rigiéndose por las normas aplicables en la fecha de dicha comparecencia.
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eli/es/res/2009/10/21/(1)#octavo