Art. Primero

Art. Primero

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En vigor desde 27 sept 2006
El sistema de control de venta a distancia debe estar integrado en el funcionamiento de la máquina y no ser un simple interruptor de conexión / desconexión. El control de la venta a distancia podrá realizarse a través de los siguientes medios: 1. Cable con interruptor/selector: La máquina estará conectada por medio de un cable a un interruptor/selector situado al alcance del responsable del local. 2. Receptor/emisor radio-frecuencia: La máquina está conectada por medio de un emisor y un receptor de radiofrecuencia. Esta conexión deberá ser unívoca y de tal forma que la personalización entre mando a distancia y máquina deba hacerse internamente en la máquina, de tal forma que evite la manipulación externa.
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eli/es/res/2006/09/20/(1)#primero