Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 18
29 / 36En vigor desde 20 ene 2022
Tendrán la consideración de altos cargos los titulares de la Presidencia y Vicepresidencia del CZEC, a los que será de aplicación el régimen establecido para los altos cargos de la Administración del Estado y de las entidades del sector público estatal en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
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Proeli/es/res/2021/12/20/(3)#art-18