Art. 17 quinquies
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª De la Dirección de Registro, Supervisión y Control

Art. 17 quinquies

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En vigor desde 1 dic 2025
La Oficina del Registro Oficial de Entidades de la Zona Especial Canaria es el servicio que gestiona y administra este Registro Oficial correspondiéndole: a) La certificación del contenido de los asientos registrales. b) La certificación de documentación relativa a los procedimientos de autorización, inscripción y los vinculados a ellos. c) La custodia de la documentación electrónico o física que da soporte a los asientos. d) La tramitación de los procedimientos de autorización e inscripción y los vinculados a ellos. e) La gestión de las comunicaciones que presenten las entidades de la Zona Especial Canaria. Se añade por el apartado 15 del Anexo del Acuerdo del Consejo Rector publicado por Resolución de 18 de noviembre de 2025. Ref. BOE-A-2025-24339

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eli/es/res/2021/12/20/(3)#art-17-quinquies