Art. Trigésimo tercero
Capítulo ACUERDO

Art. Trigésimo tercero

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En vigor desde 13 jun 2008
En las prestaciones y subsidios por desempleo, así como las de subsidios por desempleo de trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, se comprobarán al incluirse en nómina los extremos contenidos en el apartado primero del presente acuerdo.
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eli/es/res/2008/06/02/(1)#trigesimo-tercero