Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO XXIVSecc. Sección II. Comité Jurisdiccional y Disciplinario

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 31 ago 2024
Se autoriza a la Comisión Delegada para que modifique los presentes Estatutos, exclusivamente cuando sea como consecuencia de las indicaciones del Consejo Superior de Deportes para la ratificación de estos estatutos.
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