Art. 94
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. 94

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En vigor desde 31 ago 2024
La administración del presupuesto responderá al principio de caja única, debiendo dedicar sus ingresos propios, de forma prioritaria, a sus gastos de estructura. La contabilidad se ajustará a las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las Federaciones deportivas españolas, que desarrolle el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas del Ministerio de Economía y Hacienda.
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eli/es/res/2024/08/19/(2)#art-94