Art. 83
Capítulo CAPÍTULO IX

Art. 83

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En vigor desde 31 ago 2024
1. Con independencia de las responsabilidades penales, civiles y administración que de forma general consagra el ordenamiento español, los miembros de los diferentes órganos de la Real Federación Española de Caza son responsables, específicamente, de los actos, resoluciones o acuerdos adoptados por aquel del que formen parte. Lo son, asimismo, en los términos previstos en la legislación deportiva general, en los presentes Estatutos y en sus Reglamentos, por el incumplimiento de los acuerdos de cualesquiera órganos federativos, normas generales o comisión de las faltas previstas en el régimen disciplinario federativo. Asimismo estarán exentos de responsabilidad los miembros que hayan salvado expresamente su voto en los acuerdos causantes del daño. 2. Los miembros de la Junta Directiva y de la Comisión Delegada de la RFEC tendrán los siguientes deberes u obligaciones: a) Oponerse a los acuerdos contrarios al ordenamiento jurídico, a los estatutos o al interés de la entidad. b) Mantener en secreto cuantos datos o informaciones conozcan en el desempeño de sus cargos, no pudiendo utilizarlos en beneficio propio o de tercero. c) Abstenerse de intervenir en deliberaciones y votaciones de cualquier cuestión en la que pudieran tener interés particular. d) No hacer uso indebido del patrimonio de la RFEC ni valerse de su posición para obtener ventajas patrimoniales. e) No obtener ventaja respecto de las oportunidades de negocio que conozcan en su condición de miembros de la junta directiva o de la comisión delegada u órganos equivalentes ni admitir comisiones por parte de ningún miembro de órganos colegiados de la RFEC. 3. Quien ostente la Secretaría General de la RFEC velará por la legalidad formal y material de las actuaciones de la misma y comprobar la regularidad estatutaria y el cumplimiento de las disposiciones emanadas de los órganos reguladores, así como cuidar la observancia de los principios o criterios de buen gobierno. 4. En la memoria económica que ha de presentar la RFEC se dará información de todas las aportaciones dinerarias o en especie satisfechas a los miembros de la junta directiva. 5. Los directivos y altos cargos de la RFEC deberán suministrar información relativa a las relaciones de índole contractual, comercial o familiar que mantengan con proveedores o entidades que tengan vínculos comerciales o profesionales con la citada entidad.
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eli/es/res/2024/08/19/(2)#art-83