Capítulo CAPÍTULO V
Art. 68
68 / 125En vigor desde 31 ago 2024
Los miembros de la Junta Directiva cesarán por:
Fallecimiento.
Dimisión.
Revocación del nombramiento por el Presidente de la RFEC.
Dejar de reunir cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo anterior.
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Tus anotaciones
Proeli/es/res/2024/08/19/(2)#art-68