Capítulo CAPÍTULO V
Art. 46
46 / 125En vigor desde 31 ago 2024
Los acuerdos de la Comisión Delegada se adoptarán por mayoría simple de los asistentes, salvo que específicamente se requiera otra más cualificada por los presentes Estatutos y para casos concretos.
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Proeli/es/res/2024/08/19/(2)#art-46