Art. 29
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 29

29 / 125
En vigor desde 31 ago 2024
El voto dentro de la Asamblea General en reuniones plenarias será personal, y será emitido mediante sufragio libre, igual, directo y secreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2024/08/19/(2)#art-29