Art. 28
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 28

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En vigor desde 31 ago 2024
La composición y funciones de la Junta Electoral y Mesas Electorales se establecerán en los reglamentos electorales aprobados por la Comisión Delegada de la RFEC, sometido a ratificación definitiva del Consejo Superior de Deportes.
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eli/es/res/2024/08/19/(2)#art-28