Capítulo CAPÍTULO V
Art. 13
13 / 125En vigor desde 31 ago 2024
Son órganos de gobierno y representación de la RFEC, necesariamente, la Asamblea General, la Comisión Delegada de la Asamblea, y el Presidente.
Asimismo, son órganos de la RFEC:
a) Órganos de control:
– Comisión de control económico.
– Comisión de cumplimiento normativo.
b) Órganos de responsabilidad social:
– Comisión de igualdad.
– Comisión de deporte de personas con discapacidad.
c) Órganos complementarios:
– Junta Directiva.
– Comité Inter autonómico.
– Comisión de Seguimiento de convenios de integración de federaciones Autonómicas.
– Secretario General.
– Gerente.
d) Órganos técnicos:
– Comité de Competiciones.
– Colegio Nacional de Jueces y Árbitros.
e) Órganos jurisdiccionales de competición y disciplina:
– Juez Único de Competiciones.
– Comité Jurisdiccional y Disciplinario.
f) Órgano electoral:
– Junta Electoral Federativa.
Serán órganos electivos: El Presidente, la Asamblea General y su Comisión Delegada, el Comité Inter autonómico y la Comisión de control económico; el Juez Único de Competición y el Comité Jurisdiccional y Disciplinario no son electivos, son propuestos y ratificados por la Asamblea General.
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Proeli/es/res/2024/08/19/(2)#art-13