Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 31 ago 2024
La Real Federación Española de Caza –en adelante RFEC– es una entidad privada de naturaleza asociativa, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia que tiene como objeto el fomento, la organización, la reglamentación, el desarrollo y la práctica, en el conjunto del territorio del Estado, de las actividades y especialidades deportivas que figuran en estos estatutos, agrupando con carácter obligatorio a los deportistas profesionales o aficionados, jueces y árbitros, a las sociedades o asociaciones, clubes o agrupaciones dedicados a la práctica del deporte de la caza o de actividades que con ella se relacionan y disciplinas asociadas, asumiendo de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, la dirección técnico–deportiva de las actividades cinegéticas en sus aspectos deportivos en general de caza mayor y menor, caza con perro y hurón, caza con arco, competitivas de caza menor con perro, caza San Huberto, perros de muestra, perros de caza y agility , pichón a brazo, cetrería, pájaros de canto, recorridos de caza, Compak Sporting , caza con arco, tiro a caza lanzada, perdiz con reclamo, caza fotográfica y vídeo u otras especialidades de práctica cinegética existentes o que se puedan crear, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, el presente Estatuto y Reglamentos de la RFEC y disposiciones de los Organismos Internacionales correspondientes.
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eli/es/res/2024/08/19/(2)#art-1