Art. Cuarto

Art. Cuarto

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En vigor desde 22 abr 2018
En el procedimiento de subastas para la asignación del servicio de interrumpibilidad en el periodo de entrega comprendido entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2018, se subastarán dos productos diferentes, definidos en el artículo 5 de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, modificada por la Orden ETU/362/2018, de 6 de abril: a) Producto 5 MW: bloques de reducción de demanda de 5 MW. b) Producto 40 MW: bloques de reducción de demanda de 40 MW, con muy alta disponibilidad.
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eli/es/res/2018/04/19/(1)#cuarto