Art. Sexto
6 / 16En vigor desde 26 jul 2016
Como consecuencia de la adaptación del Cuadro de Cuentas que se regula en el apartado tercero anterior y de lo previsto en las normas de formulación de la Cuenta del resultado económico patrimonial que se recogen dentro de las «Normas de elaboración de las Cuentas anuales» en la tercera parte del PGCP, se realizan las siguientes modificaciones en el modelo de Cuenta del resultado económico patrimonial de la «Cuenta de la Administración General del Estado»:
1. En el epígrafe 1, «Ingresos tributarios y cotizaciones sociales», se realizan las siguientes modificaciones:
a) en la partida a), «Impuestos», se eliminan las cuentas 724, 725, 726 y 727.
b) se elimina la partida c), «Otros ingresos tributarios».
2. En el epígrafe 3, «Ventas netas y prestaciones de servicios», se añade la partida c), «Ventas netas y prestaciones de servicios. Imputación de ingresos por activos construidos o adquiridos para otras entidades», con la cuenta 707.
2.bis. En la partida c) “Otros” del epígrafe 11, “Otros gastos de gestión ordinaria”, se añaden las cuentas 677 y 695.
3. En la partida a), «Deterioro», del epígrafe 13, «Deterioro de valor y resultados por enajenación del inmovilizado no financiero y activos en estado de venta», se añaden las cuentas (694) y 798.
4. En la partida b.2), «Otros», del epígrafe 15, «Ingresos financieros», se sustituye la cuenta 762 por la 7620.
5. En la partida b), «Otros», del epígrafe 16, «Gastos financieros», se añaden las cuentas 7627, 7628 y 7629.
6. Se crea la partida 21, «Subvenciones para la financiación de operaciones financieras», con las cuentas 755 y 756, que figurará dentro del epígrafe III, «Resultado de las operaciones financieras».
7. Se crean las líneas «±Ajustes en la cuenta del resultado del ejercicio anterior» y «Resultado del ejercicio anterior ajustado», que figurarán cuando tengan contenido, por este orden, después de la línea correspondiente al resultado neto, de acuerdo con lo previsto en las normas de formulación de la Cuenta del resultado económico patrimonial del PGCP.
8. Los gastos correspondientes a las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por la Administración General del Estado para otras entidades, mediante contratos centralizados financiados con cargo a los créditos del servicio presupuestario 05 "Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación" de la Sección 31 "Gastos de Diversos Ministerios", figurarán en la partida 9, "Transferencias y subvenciones concedidas".
Se añade el apartado 2.bis por el art. único.2 de la Resolución de 18 de julio de 2016. Ref. BOE-A-2016-7155 Esta modificación será aplicable a las cuentas anuales del ejercicio 2015 y siguientes, según establece la disposición final única de la citada Resolución. Se añade el apartado 8 por el art. único.1 de la Resolución de 10 de marzo de 2015. Ref. BOE-A-2015-2740
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2011/11/17/(1)#sexto