Art. Tercero

Art. Tercero

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En vigor desde 22 sept 2022
Quedan sin efecto los currículos de las enseñanzas de religión islámica correspondientes a la Educación Infantil, a la Educación Primaria, a la Educación Secundaria Obligatoria y al Bachillerato publicados con anterioridad a esta resolución. La presente resolución surtirá efectos a partir del curso escolar 2022-2023.
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eli/es/res/2022/09/16/(2)#tercero