Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

16 / 17
En vigor desde 6 dic 2011
Se da nueva redacción a la letra a) del artículo 2 de la Resolución de 16 de febrero de 2010, que queda redactado como sigue: «a El ámbito de aplicación de la sede será la totalidad de los procedimientos y trámites enumerados en los Anexos I y II de la Resolución del Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de 16 de noviembre de 2011, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2011/11/16/(12)#disposicion-final-primera