Art. Cuarto

Art. Cuarto

4 / 4
En vigor desde 19 mar 2020
La presente resolución entrará en vigor en el momento de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2020/03/16/(2)#cuarto