Art. Parte dispositiva

Art. Parte dispositiva

En vigor desde 23 jun 2020
La Conferencia Sectorial de Comercio Interior, en su reunión de 10 de junio de 2020, adoptó por asentimiento un acuerdo de medidas, como recomendaciones o pautas, a tener en cuenta por las comunidades y ciudades autónomas, en relación a las condiciones sanitarias para ejercer la actividad comercial en sus regiones alcanzada la situación de nueva normalidad, una vez que haya dejado de estar vigente el estado de alarma decretado mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Se trata de las medidas que se han venido poniendo en práctica durante toda la crisis del coronavirus y que han demostrado su eficacia y han resultado indispensables para garantizar la higiene y la seguridad en la actividad comercial y en el proceso de compra por el consumidor, Esta Secretaría de Estado ha resuelto disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento interno de la Conferencia.
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eli/es/res/2020/06/16/(2)#parte-dispositiva-pa