Art. [preambulo]

Art. [preambulo]

En vigor desde 20 feb 2010
La calificación por grupos de edad de las obras cinematográficas y audiovisuales por parte de las autoridades competentes es un ejercicio al servicio de los espectadores que debe realizarse de la forma más rigurosa y transparente. El Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, previó la necesidad de establecer mediante resolución los criterios que servirán de base a la calificación de las películas, al objeto de que se diera la necesaria publicidad a los citados criterios, y ello con una doble motivación. Por un lado, con el fin de que los espectadores, y en particular todos aquellos que tienen responsabilidades educativas, formativas o de tutela sobre menores de edad puedan tener conocimiento de lo que representa una determinada calificación atribuida a una película con el fin de disponer de una información de calidad que les permita actuar de la manera responsable que estimen más oportuna respecto de los menores a su cargo. Por otro lado, para proporcionar a los distribuidores y exhibidores un mayor grado de certeza en cuanto a la calificación que finalmente otorgará el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales a la película, permitiendo que efectúen sus propuestas de calificación de una manera más ajustada a la que previsiblemente obtendrá la misma, teniendo en cuenta, además, que la calificación solicitada se entenderá otorgada si transcurrido el plazo de un mes no se ha notificado al solicitante la correspondiente resolución de calificación. Resulta relevante, además, que esta misma calificación por grupos de edad, realizada antes del estreno en sala de una película, acompañará a la misma a través de sus distintas ventanas de explotación: primero en las salas de cine, y más tarde en soporte videográfico, en su posible difusión televisiva o en su distribución a través de Internet. El proceso de redacción de los criterios de calificación para cada franja de edad se ha desarrollado en el marco de diversas consultas con expertos en el ámbito educativo, en el ámbito de la defensa de los consumidores y usuarios, en materia de igualdad y política social, así como con asociaciones y entidades representativas de madres y padres de alumnos. Así mismo, se ha procedido a examinar cuál es la práctica que se sigue a estos efectos en otros países de nuestro entorno, así como el funcionamiento de la calificación por edades en otros contextos que presentan una relativa similitud con el sector audiovisual, como es el caso de los videojuegos. Cabe resaltar que los criterios que se aprueban en esta Resolución como referencia y pauta para la calificación de películas, no constituyen una lista cerrada o de carácter automático, sino una descripción de los posibles contenidos audiovisuales, cuyo análisis e interpretación se deberá realizar valorando en su conjunto la obra audiovisual sometida a calificación, y que conducirá a la aplicación de una u otra categoría de edad, de manera que se procure reflejar, en palabras utilizadas por el Real Decreto 2062/2008, la pluralidad de la sociedad española. Por otra parte, mediante esta resolución se da cumplimiento a lo dispuesto en la Orden CUL/314/2010, de 16 de febrero, por la que se modifican los grupos de edad para la calificación de las películas cinematográficas y otras obra audiovisuales, en relación con el establecimiento de pictogramas informativos que faciliten la percepción por los espectadores de las calificaciones correspondientes a las películas y otras obras audiovisuales, de manera que la publicidad e información sobre la calificación por grupos de edad de dichas obras pueda realizarse tanto mediante la mención expresa del grupo de edad atribuido como mediante la utilización del pictograma que corresponda a ese grupo de los que se establecen en esta resolución. El apartado primero de esta resolución se dicta al amparo de la habilitación establecida en el apartado 2 del artículo 6 del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, y el apartado segundo, de acuerdo con la disposición final primera de la Orden CUL/314/2010, de 16 de febrero, por la que se modifican los grupos de edad para la calificación de las películas cinematográficas y otras obra audiovisuales. En su virtud, esta Dirección General resuelve:
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eli/es/res/2010/02/16/(1)#preambulo-pr