Art. Disposición adicional

Art. Disposición adicional

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En vigor desde 17 dic 2020
Los Planes Estatales vigentes, recopilados en el anexo I del PLEGEM, se incorporarán como anexos del mismo desde la entrada en vigor de este Acuerdo, siéndoles, en todo caso, de aplicación lo dispuesto en los capítulos 1, 5, 9 y 10.
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