Art. Parte dispositiva

Art. Parte dispositiva

En vigor desde 29 ene 2009
El Consejo de Ministros, en su reunión de 26 de diciembre de 2008, ha adoptado el Acuerdo por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de Ingeniero. Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el Boletín Oficial del Estado del citado Acuerdo, como anexo a la presente Resolución.
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eli/es/res/2009/01/15/(3)#parte-dispositiva-pa