Art. Sexto
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La presentación de solicitudes, así como de otros escritos y comunicaciones, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se deberá presentar una solicitud distinta por cada una de las modalidades o subtipos de formación que se pretenda impartir.
La solicitud se realizará en el modelo que figura como anexo II, y será firmada por el interesado o por quienes acrediten su representación por cualquier medio válido en derecho y se presentará a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social en la dirección electrónica: https://sede.seg-social.gob.es.
Toda la información y los modelos referentes a este procedimiento están publicados en la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es) en el apartado de Sanidad Marítima dentro de la sección dedicada a los trabajadores del mar.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, documentación acreditativa de la identidad del solicitante y/o representante legal:
1.º En el supuesto de solicitante persona física y para el representante legal, salvo autorización al Instituto Social de la Marina para la consulta de los datos de identidad del Ministerio del Interior, deberá presentar el documento nacional de identidad o el documento de identificación de extranjeros.
2.º En el supuesto que el solicitante sea una entidad con o sin personalidad jurídica, salvo autorización al Instituto Social de la Marina para la consulta de los datos de identidad ante la Agencia Tributaria, deberá aportar el documento que acredite el número de identificación fiscal del beneficiario.
Asimismo, deberá presentarse la documentación acreditativa de la representación mediante cualquier medio, válido en Derecho, que deje constancia fidedigna de su existencia, de acuerdo con el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Certificación acreditativa de encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, salvo autorización para que, por parte del Instituto Social de la Marina, se recabe de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Haciendas Forales y la Tesorería General de la Seguridad Social la información correspondiente.
c) Certificado del sistema de calidad implantado, expedido por una auditoría externa, en el que conste que está incluida la impartición de formación sanitaria específica. Si en el momento de la solicitud no se dispusiera de este certificado, el mismo deberá presentarse en el plazo inexcusable de seis meses, a contar desde la fecha de la resolución provisional prevista en el resuelve octavo.
d) Memoria descriptiva de la organización del centro y los medios con los que cuentan según lo establecido en el anexo III.
e) Declaración de cumplir las condiciones mínimas establecidas en el anexo II de la Orden PJC/1424/2025, de 9 de diciembre, marcando la correspondiente casilla en la solicitud.
f) Un ejemplar del manual del alumno, cuyo contenido se ajuste a los objetivos establecidos en el anexo I de la Orden PJC/1424/2025, de 9 de diciembre, correspondiente a cada uno de los niveles de formación para los que solicite la homologación.
Toda la documentación se facilitará en formato electrónico. La documentación original en papel se digitalizará por el solicitante en un fichero independiente por cada documento, que contendrá la imagen fiel e íntegra del mismo. El original se deberá custodiar por el interesado, pudiéndose requerir en cualquier momento la exhibición del documento original para su cotejo.
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Proeli/es/res/2025/12/15/(2)#sexto