Art. Quinto

Art. Quinto

5 / 5
En vigor desde 23 dic 2023
Esta resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2022/12/15/(3)#quinto