Art. Parte dispositiva
En vigor desde 28 dic 1999
La Ley 5/1981, de 25 de marzo, de Reclasificación del Parque Nacional del Teide, en su artículo 2, apartado 2, permite al Gobierno, por Acuerdo de Consejo de Ministros, poder incorporar a este Parque los terrenos colindantes con el mismo que reúnan características adecuadas para ello.
Con fecha 2 de julio de 1999 el Consejo de Ministros ha acordado la ampliación de los límites del citado Parque Nacional. Considerando la conveniencia de una amplia difusión del Acuerdo, a tenor del criterio jurídico general que preside el mismo, esta Secretaría General resuelve:
Publicar en el «Boletín Oficial del Estado», el Acuerdo por el que se amplían los límites del Parque Nacional del Teide por incorporación de terrenos colindantes al mismo.
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Tus anotaciones
Proeli/es/res/1999/10/14/(6)#parte-dispositiva-pa