Art. Disposición adicional única
Secc. Sección sexta: Seguimiento de las designaciones efectuadas

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 25 jul 2015
En el caso de las comprobaciones materiales de inversiones en el Ministerio de Defensa, la remisión de las actas se efectuará al órgano de la Intervención General de Defensa que haya efectuado la correspondiente designación, de acuerdo con la delegación de competencias efectuada por la Resolución de 10 de abril de 1996 de este Centro.
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