Art. 13
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 13

Derogado15 / 193
En vigor desde 26 feb 2011
Son órganos de gobierno y representación de la RFEC, necesariamente, la Asamblea General, la Comisión Delegada de la Asamblea y el Presidente. Son órganos complementarios de los de gobierno y representación de la RFEC la Junta Directiva, el Comité Inter autonómico, el Comité de Competiciones, el Secretario General y el Gerente, los cuales asistirán al Presidente, y la Comisión Delegada, que asistirá a la Asamblea General. Serán órganos electivos: El Presidente, la Asamblea General y su Comisión Delegada y el Comité Inter autonómico; los demás órganos serán designados y revocados libremente por el Presidente.
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eli/es/res/2011/02/14/(1)#art-13