Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 1 ene 2018
Quedan excluidos de la presente resolución, los servicios de comercialización del banco de imágenes del Museo del Prado, cuya efectiva prestación en régimen de derecho privado, incluida la fijación de precios, corresponde a la sociedad Museo Nacional del Prado Difusión, SAU, en virtud de la encomienda de gestión aprobada mediante Resolución de 16 de marzo de 2007.
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