Art. 4
4 / 14En vigor desde 1 ene 2018
1. Se entiende por servicios y actividades divulgativas, educativas y académicas todas las dirigidas a fomentar el conocimiento de las colecciones, y facilitar la comprensión y el entendimiento de los contenidos del museo por todos los tipos de público, así como garantizar un mayor disfrute durante la visita mediante una oferta complementaria de actividades de carácter cultural, además de englobar bajo este epígrafe a toda la oferta académica desarrollada por la Escuela del Prado, y otras actividades dirigidas a la formación del profesorado.
2. Con el fin de fomentar la asistencia a las actividades divulgativas, educativas y académicas recogidas en el anexo I, se establecen los siguientes descuentos:
2.1 Aplicables a las actividades indicadas en el apartado 2.3, espectáculos de teatro, danza y conciertos, y a todas las demás actividades recogidas en los apartados 1 y 2 que presenten precios superiores a 70€:
a) Estudiantes, jubilados y parados: 50%
b) Profesores y profesionales del ámbito cultural: 35%
c) Miembros de la Fundación de Amigos del Museo del Prado: 20%
d) Familias numerosas que participen en la actividad con al menos 3 de sus miembros: 20%
2.2 El personal del Museo podrá disfrutar de las siguientes ventajas:
a) Con carácter general tendrá un descuento del 50% en todas las actividades, a excepción de las actividades indicadas en el apartado 2.1, cursos y jornadas de arte, cuya inscripción será gratuita.
b) En las actividades indicadas en el apartado 1 y apartados 2.3, 2.4 y 2.5 se permitirá la reserva gratuita, y serán destinadas al personal del museo el 20% del aforo de la actividad o sesión según corresponda, con la limitación del cierre de la reserva en el plazo que el museo comunique para cada actividad.
Los diferentes tipos de descuentos no son acumulables entre si.
3. Con el fin de fomentar la asistencia a las actividades de la Escuela del Prado recogidas en el anexo II, se establecen los siguientes descuentos:
3.1 Aplicables a todas las actividades:
a) Estudiantes: 50%
b) Profesionales del ámbito cultural: 35%
c) Miembros de la Fundación de Amigos del Museo del Prado: 20%
3.2 Para las actividades recogidas en los apartados 1 y 2, Cátedras y Seminarios, se podrá establecer una reserva de hasta 20 plazas para alumnos becados, que tendrán un descuento del 100% en la cuota de matriculación. Podrán ser solicitantes de beca los menores de 35 años que reúnan las condiciones que, de manera específica para cada actividad, fije el museo. La selección de los adjudicatarios de las becas se realizará por currículum.
3.3 Para las actividades recogidas en el apartado 3.1, simposios y congresos, y para las actividades de formación teórica y práctica para la gestión patrimonial y museística recogidas en el apartado 4, el personal del Museo tendrá un descuento del 100% en la cuota de matriculación.
3.4 Con carácter general, para todas las actividades de la Escuela del Prado, el museo se reserva el derecho de destinar al personal del museo hasta el 20% del aforo de la actividad o sesión según corresponda, con la limitación del cierre de la reserva en el plazo que el museo comunique para cada actividad.
Los diferentes tipos de descuentos no son acumulables entre si.
4. En los apartados anteriores tendrán la consideración de:
a) Profesionales del ámbito cultural: aquellos cuya labor profesional esté orientada a la protección, estudio y difusión del patrimonio histórico.
b) Profesorado: el personal docente perteneciente al sistema educativo en España.
c) Estudiantes: aquellos alumnos matriculados en alguna diplomatura o licenciatura universitaria de rama humanidades, enseñanzas artísticas superiores o enseñanzas profesionales de artes plásticas.
5. El pago de la matricula ofrece el derecho a asistir a la actividad en los días fijados, sin que pueda alegarse la falta de asistencia como motivo de devolución. Una vez efectuado el pago, el Museo sólo devolverá el importe si se solicita por escrito alegando causa justificada documentalmente.
6. Serán causas justificadas para la devolución del importe del pago de la matrícula de las actividades las siguientes:
a) Certificación médica por enfermedad.
b) Muerte de un familiar hasta segundo grado de parentesco.
c) Problema laboral grave debidamente acreditado.
d) Imposibilidad de traslado por fuerza mayor acreditada.
7. La Dirección del Museo, por razones justificadas, podrá autorizar, mediante resolución, la participación gratuita del público general o de algún colectivo en particular en las actividades enumeradas en los anexos I y II.
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Proeli/es/res/2017/12/14/(3)#art-4