Capítulo CRITERIOS DE DETERMINACIÓN DEL COSTE DE PRODUCCIÓN
Art. Séptima
7 / 15En vigor desde 23 abr 2015
1. Los gastos de comercialización son aquellos en los que incurre una empresa para llevar a cabo la comercialización de los productos y que son, por tanto, necesarios para realizar las ventas y entregas de los productos.
2. Los gastos de comercialización no formarán parte del coste de producción del producto.
3. Las comisiones de ventas se imputarán al ejercicio en que se devenguen los ingresos producidos por dichas ventas, por lo que serán, en su caso, objeto de periodificación.
4. Los gastos posteriores a la venta del producto por devoluciones de ventas, garantías de reparación, revisiones y otros conceptos análogos, no formarán parte del coste de producción.
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Proeli/es/res/2015/04/14/(1)#septima