Art. Disposición final primera
7 / 7En vigor desde 5 abr 2006
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2006/03/13/(1)#disposicion-final-primera