Art. Segundo

Art. Segundo

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En vigor desde 20 abr 2021
Remitir el presente Acuerdo, junto con el suscrito en la Comisión Técnica y sus correspondientes anexos al órgano técnico competente para, una vez efectuados los trámites oportunos, proceder a su publicación y difusión.
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eli/es/res/2021/04/13/(2)#segundo