Art. Primero

Art. Primero

1 / 3
En vigor desde 19 sept 2013
La presente resolución será de aplicación a los fondos carentes de personalidad jurídica, a los que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, cuya dotación se efectúe mayoritariamente desde los Presupuestos Generales del Estado (en adelante, fondos).
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2013/09/12/(2)#primero