Art. 3. Marco estratégico.
3 / 8En vigor desde 15 mar 2019
El presente Plan 2019, se enmarca dentro del escenario macroeconómico y la política económica del Gobierno, dando cumplimiento a las obligaciones europeas de coordinación de las políticas económicas nacionales y de cumplimiento de los objetivos fijados para la Unión Europea en su conjunto.
De acuerdo al Plan Presupuestario del Gobierno de España para 2019, remitido a la Unión Europea en octubre de 2018, el escenario macroeconómico se encuadra en una fase expansiva de la economía española, impulsada por el robusto crecimiento del empleo, las favorables condiciones financieras y los avances en la corrección de los desequilibrios macroeconómicos. Esta fase expansiva se prevé que continúe en el ejercicio 2019, si bien con una moderación en el rimo de crecimiento (2,6 % en 2018 y 2,3 % en 2019). La moderación prevista del crecimiento en 2019 responde a la madurez del ciclo económico.
Asimismo, el crecimiento económico está siendo intensivo en creación de empleo, registrando la ocupación tasas interanuales próximas al 3 %, y reduciéndose la tasa de paro en más de dos puntos por año. Según los últimos datos disponibles de la Encuesta de Población Activa, el empleo ha crecido en 566.200 personas en los 12 últimos meses, mientras que el paro ha disminuido en 462.400 personas en el mismo período.
De acuerdo al Plan Presupuestario 2019 del Gobierno de España, la previsión es que el empleo experimente un aumento del 2 %, creándose más de 800.000 puestos de trabajo en el periodo 2018-2019 Por su parte, la tasa de paro se reducirá progresivamente, situándose en el 13,8 % de la población activa.
Por su parte, en abril de 2018, el Gobierno remitió a la Comisión Europea la actualización del Programa de Estabilidad 2018-2021 y del Programa Nacional de Reformas 2018, en cumplimiento de las obligaciones europeas.
Dicho Programa de Estabilidad 2018-2021 prevé un escenario macroeconómico con un crecimiento económico sostenible y equilibrado, basado en unos supuestos realistas y prudentes. Como ya se ha apuntado, se espera un escenario de aportaciones positivas durante todo el ciclo tanto de la demanda nacional como de la demanda externa neta, consolidándose la inversión y las exportaciones como las partidas más dinámicas del PIB, con el consiguiente efecto favorable sobre la productividad y sobre el crecimiento potencial de la economía española.
De la misma manera, el Programa Nacional de Reformas 2018, da respuesta a las prioridades recogidas en el Estudio Prospectivo Anual sobre Crecimiento 2018 y a las Recomendaciones específicas fijadas para España, e igualmente en consonancia con el cumplimiento de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, en particular el Objetivo de Desarrollo Sostenible 8 «Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos».
Así, el principal reto es que el crecimiento sea sostenible en el tiempo para superar por completo las consecuencias de la crisis y seguir avanzando en la convergencia en empleo, renta, salarios y productividad. Con este objetivo las prioridades se estructuran en tres bloques: sostenibilidad fiscal, crecimiento sostenible y avances en el mercado interior y profundización de la Unión Económica y Monetaria.
En el marco del crecimiento económico sostenible socialmente, el principal objetivo sigue siendo la creación de empleo, con carácter inclusivo y de mayor calidad; además, es importante que la evolución salarial, necesariamente al alza, sea compatible con el crecimiento, la creación de empleo y el incremento de la productividad, combinándose con actuaciones específicas en atención a los colectivos más vulnerables. Estos objetivos se concretan en estrategias concretas para mejorar las políticas activas de empleo, especialmente respecto a los colectivos con mayores dificultades de inserción laboral, como jóvenes y parados de larga duración, así como la incorporación de la perspectiva de género en todos los programas y servicios.
La Resolución de 7 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre, aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 para dar solución a los problemas importantes y comunes que afectan al colectivo de personas jóvenes, con la puesta en marcha de medidas diseñadas bajo un punto de vista holístico e integral, concretas pero combinables, a través de un Acuerdo de Estado que, sin suponer un aumento del gasto, permita conseguir una mejora de la integración laboral como mejor vía de solución global y contribuya al desarrollo de un nuevo modelo productivo con estrategias a largo plazo que impulsen medidas de apoyo estratégico a la innovación aplicada a sectores o ramas concretas. Con el Plan de Choque por el Empleo Joven se persigue:
1. Buscar la mejora de la competitividad y el valor añadido de la estructura productiva española con el objetivo de alcanzar niveles de crecimiento económico que permitan generar una oferta sustancial de empleo, estable o flexible, sobre la base del desarrollo de sectores de futuro y con alto valor añadido.
2. Fortalecer el compromiso con la formación integral y con la cualificación de las personas jóvenes, que impulse su promoción individual, colectiva y profesional, que se apoye en el sistema educativo y en el entorno laboral como elementos fundamentales para su integración social, dotando de competencias profesionales a aquellos jóvenes con escasa cualificación, ocupándose de los jóvenes del entorno rural y potenciado y reforzando el Plan 2019 de los Servicios Públicos de Empleo como puerta de entrada al mercado de trabajo y a la vida activa.
3. Desarrollar iniciativas de retorno a la escuela, de apoyo a la formación en competencias estratégicas, a la formación profesional dual, al empleo con derechos, al emprendimiento de los jóvenes, al fomento de la participación sindical de las personas jóvenes y del asociacionismo empresarial.
En particular los objetivos de este Plan de Choque dirigido a los jóvenes son:
1. Establecer un marco laboral de calidad en el empleo y la dignidad en el trabajo.
2. Hacer protagonistas a las personas jóvenes de su proceso de inserción laboral y cualificación.
3. Incrementar la cualificación y la inserción laboral a las personas jóvenes dotándolas de más competencias profesionales, superando la brecha tecnológica y la segregación, tanto en la selección de itinerarios formativos como en el mercado laboral.
4. Favorecer el desarrollo de un nuevo modelo económico basado en la sostenibilidad social, la productividad y el valor añadido.
5. Prestar una atención adecuada e individualizada dotando a los Servicios Públicos de Empleo de los medios y recursos.
6. Eliminar la segregación horizontal y la brecha salarial de género para lo cual es necesario desarrollar una formación específica en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para eliminar sesgos de género.
7. Combatir el efecto desánimo de las personas jóvenes que no buscan empleo porque creen que no lo van a encontrar.
8. Se prestará especial atención a colectivos especialmente vulnerables (migrantes, parados larga duración, abandono escolar, personas con discapacidad, etc.).
Para conseguir estas metas, proporcionando a las personas jóvenes las actuaciones y medidas previstas en este Plan, a su finalización deberán alcanzarse los siguientes objetivos cuantitativos:
1. Reducir la tasa de paro juvenil hasta el 23,5 %, en hombres y mujeres, (situada en el tercer trimestre de 2018 en un 33 %) durante el conjunto de los tres años de vigencia del Plan, disminuyendo en 168.000 el número de personas jóvenes menores de 25 años en paro.
2. Incrementar la tasa de actividad hasta el 73,5 % para las personas jóvenes con edades comprendidas entre los 20 y los 29 años (alcanzando en el tercer trimestre de 2018 un 58,73 %). Este incremento deberá conseguirse aumentando, en al menos, un punto la tasa de hombres y, en al menos, tres puntos entre las mujeres.
3. Reducir en un 20 % la actual brecha de género entre hombres y mujeres jóvenes en las cifras de paro registrado. En el mes de octubre de 2018, esa brecha se situaba en 45.500 entre personas menores de 30 años.
4. Incrementar cada año un 15 % el número de contrataciones indefinidas celebradas con personas jóvenes, alcanzando durante el conjunto de los tres años de vigencia del Plan la cifra de 2.900.000 contrataciones indefinidas.
5. Conseguir que, al menos, un 43 % (100.000) de las personas jóvenes inscritas como desempleadas y, que no disponen de titulación en Educación Secundaria Obligatoria, adquieran mediante programas de formación las competencias clave en Lengua y Matemáticas.
6. Formar, al menos, un 30 % (80.000) de personas jóvenes en competencias lingüísticas.
7. Lograr que, al menos, 225.000 de las personas jóvenes se formen en competencias digitales, el 75 % en competencias básicas y el 25 % en competencias superiores, que supone un 40 % y 38 % respectivamente de la población joven menor de 30 años.
8. Formar a un 25 % (40.000) de las personas jóvenes en competencias de sectores estratégicos (un 25 % del colectivo de personas jóvenes con Estudios Superiores y de FP).
El Plan cuenta con cincuenta medidas que entroncan con el ya citado objetivo 8 de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y sirven específicamente para alcanzar la Meta 8.6 «De aquí a 2020, reducir considerablemente la proporción de jóvenes que no están empleados y no cursan estudios ni reciben capacitación».
A través de los ejes se definen, en línea con los objetivos establecidos, los ámbitos de actuación considerados prioritarios en los próximos tres años: recuperar la calidad del empleo, luchar contra la brecha de género en el empleo y reducir el desempleo juvenil.
En cuanto a las medidas, podemos destacar por su relevancia el Programa Orientajoven que prevé el refuerzo de los servicios públicos de empleo con 3.000 personas técnicas responsables de la orientación y prospección del mercado de trabajo, complementados con una red de Mediadores jóvenes que provendrán de organizaciones sociales jóvenes que actuarán en espacios concretos de atención a través del mecanismo de ventanilla única.
También se establecen actuaciones de formación profesional para el empleo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación dual y en alternancia con la actividad laboral que permitan al beneficiario adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, la creación de un marco de contratación laboral que dote de mayor calidad a las relaciones laborales, acciones dirigidas a promover tanto la igualdad entre mujeres y hombres jóvenes en el acceso, permanencia y promoción en el empleo como la conciliación de la vida personal, familiar y laboral o las medidas destinadas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local.
Por su impacto, es reseñable en el eje de Mejora del marco institucional, las actuaciones de mejora en gestión, colaboración, coordinación y comunicación dentro del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, a través del impulso de la accesibilidad, transparencia y coordinación, para lo que se establece la gobernanza del Plan que se concreta en un Plan anual de actuación, vinculado al Plan para las actuaciones autonómicas, que será objeto del seguimiento semestral y una Comisión de Seguimiento que se reunirá con periodicidad semestral integrada por: el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Servicio Público de Empleo Estatal, los servicios públicos de empleo autonómicos, interlocutores sociales, Federación Española de Municipios y Provincias, el Instituto de la Juventud, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Consejo de Juventud, el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades y la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
Este Plan se someterá a una evaluación a los 18 meses de funcionamiento, fundamentada en los informes semestrales que se presentarán a la Comisión de Seguimiento y se prevé el desarrollo de un modelo de evaluación de la eficacia, que analice su eficiencia, pertinencia, cobertura y satisfacción de los usuarios.
Así mismo el Servicio Público de Empleo Estatal ha solicitado a la Comisión Europea ayuda para asistencia técnica que apoye y dé soporte a la monitorización, impulso a la implementación, desarrollo, seguimiento y evaluación tanto del Plan de Choque por el Empleo Joven como del Plan de empleo para personas paradas de larga duración, que siguiendo con el modelo de integración en la Estrategia Española de Activación, en proceso de elaboración, también ordenará sus medidas en los 6 ejes de objetivos estructurales del Plan Anual, para así, poder ejecutar las medidas impulsadas por el Gobierno, dirigidas a colectivos específicos, con políticas transversales para promover la igualdad de género en el acceso, promoción y mantenimiento del empleo.
Este último Plan al que se hace referencia, está directamente vinculado con el objetivo estratégico de potenciar el empleo como principal instrumento de inclusión social, mejorando de manera prioritaria la activación e inserción de personas desempleadas de larga duración y de las mayores de 45 años.
En otro orden de cosas, destaca la aprobación de la Orden ESS 381/2018, de 10 de abril, por la que se aprueba la Guía técnica de referencia para el desarrollo de los protocolos de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, con la que se aprueban los protocolos de las actividades y los criterios de calidad de la prestación de servicios de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, como Guía Técnica de Referencia que ayude a las Comunidades Autónomas, a la implantación paulatina del Real Decreto 7/2015, de 16 de enero, por el que se aprueba la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, proporcionándoles un marco de referencia común, compartido por todos los agentes del Sistema.
Con el objeto de cumplir con el objetivo estratégico de promover una oferta formativa dirigida a las necesidades del mercado laboral, ajustando mejor las competencias y facilitando las transiciones laborales, se ha procedido a impulsar el desarrollo reglamentario del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, a través de la elaboración de tres Órdenes Ministeriales: la que regula el Catálogo de Especialidades Formativas sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral; la que regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo, así como los procesos comunes de acreditación e inscripción de las entidades de formación para impartir especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas; y la que desarrolla el RD 694/2017, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. Para la elaboración de estas Órdenes se ha llevado a cabo un intenso trabajo participativo con las Comunidades Autónomas y los Interlocutores sociales, llegando a un importante acuerdo que redundará en un marco jurídico, estable y común para todos, al objeto de reforzar la coordinación, la colaboración y la cooperación de los diferentes actores y administraciones públicas que participan en el sistema de formación profesional para el empleo.
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