Art. Segundo

Art. Segundo

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En vigor desde 20 jul 2012
Las referencias que en la disposición que aprueba esta Resolución se hacen a la Comisión Nacional del Juego se entenderán hechas la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Las referencias al Presidente de la Comisión Nacional del Juego se entenderán hechas al Director General de Ordenación del Juego.
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eli/es/res/2012/07/12/(1)#segundo