Art. Regla 26
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Del proceso de ejecución de los gastos en el ejercicio corriente

Art. Regla 26

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En vigor desde 3 nov 2022
Las anulaciones de las operaciones indicadas en las reglas anteriores de la presente sección estarán soportadas en documentos análogos a los reseñados en los mismos pero de signo negativo, los cuales serán expedidos y tramitados de la misma forma que se especifica en dichas reglas, a excepción de los documentos inversos que se emiten directamente desde el sistema de información contable en los supuestos previstos en la regla 36.3 de la Instrucción de gestión contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, en adelante Instrucción de gestión contable.
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eli/es/res/2022/10/11/(2)#regla-26