Art. Octavo

Art. Octavo

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En vigor desde 21 may 1999
1. La Unidad Central de Procuraduría. A esta unidad le corresponderá: La gestión administrativa ordinaria y el archivo de los expedientes contenciosos en asuntos del Servicio Jurídico. El control periódico de la situación de los asuntos contenciosos y de los plazos procesales o procedimentales. El seguimiento del reconocimiento y exigencia de las costas procesales en favor de la Agencia. La plena informatización de los asuntos contenciosos y su permanente actualización. La organización de la recepción, registro, traslado y entrega de documentos o comunicaciones relativos a expedientes judiciales y, en su caso, administrativos, en los asuntos contenciosos en que sea parte el Servicio Jurídico de la Agencia. La distribución de tareas y rutas a los Agentes tributarios, así como la organización de los servicios de urgencia necesarios para la presentación de escritos en los Juzgados de Guardia. La recepción de resoluciones judiciales comunicadas por el Servicio Jurídico del Estado a la Agencia Tributaria en asuntos de su competencia y su posterior informatización y comunicación a los departamentos y servicios afectados, para su conocimiento o ejecución. 2. La Unidad Central de Planificación y Control. A esta unidad le corresponde: El seguimiento de la ejecución de los planes de objetivos internos y de los programas de actuación del Servicio Jurídico, así como el control efectivo del cumplimiento de tales planes y programas. La elaboración de estadísticas mensuales y trimestrales sobre asuntos consultivos y contenciosos. La elaboración de una memoria anual de todas las actuaciones del Servicio Jurídico. El apoyo administrativo a la inspección técnico-jurídica y organizativa de los órganos centrales y territoriales del Servicio Jurídico. Cuando dicha inspección técnico-jurídica se refiera a la actuación de un Abogado del Estado será llevada a cabo por un Subdirector general del Servicio Jurídico. La gestión administrativa ordinaria de los asuntos consultivos, así como su control, seguimiento de plazos, registro, archivo e informatización. 3. La Unidad Central de Administración y Personal. A esta unidad le corresponde la organización administrativa y la ejecución de los asuntos de personal y de medios materiales del Servicio Jurídico. Concretamente: La tramitación administrativa en el Servicio Jurídico de los asuntos relativos a la gestión, sus recursos humanos y especialmente lo relativo a concursos, nombramientos, permisos, situación funcionarial o laboral y cursos de formación. La tramitación de las cuestiones relativas al régimen de retribuciones de personal y el seguimiento del presupuesto anual del Servicio Jurídico, así como el control interno de gastos y dietas. La tramitación de asuntos relativos a la obtención de medios materiales para el Servicio Jurídico de la Agencia. 4. Unidad Central de Documentación Jurídica. Corresponde a esta unidad: El mantenimiento y control permanente de la biblioteca de los servicios centrales y de los fondos bibliográficos de los Servicios Jurídicos Regionales, así como la elaboración de los documentos informativos periódicos del Servicio Jurídico de la Agencia. La confección de notas informativas internas y de dossieres de documentación jurídica, doctrinal y jurisprudencial, que soliciten los Abogados del Estado y sus equipos jurídicos para la realización de actuaciones consultivas y contenciosas, así como los que soliciten al Servicio Jurídico otros órganos de la Agencia para el ejercicio de sus funciones. La recopilación, selección y sistematización de los dictámenes, informes y escritos judiciales elaborados o emitidos por el Servicio Jurídico de la Agencia. 5. Unidad Central de Informática Jurídica. A esta unidad le corresponderá, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de la Agencia: El mantenimiento, explotación de la información y bases de datos necesarias para el ejercicio y control de las funciones del Servicio Jurídico y, en especial, de las aplicaciones específicas del Servicio Jurídico de la Agencia. La coordinación con el Departamento de Informática Tributaria. El mantenimiento interno de la red del Servicio Jurídico. La tramitación interna de los expedientes de control periódico de accesos a las bases de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del personal del Servicio Jurídico. El control del inventario y la vigilancia, los medios informáticos y ofimáticos del Servicio Jurídico. La organización y ordenación interna de las comunicaciones mediante correo electrónico corporativo e internet. 6. Unidad Central de Contratación. A esta unidad le corresponderá, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de la Agencia: La elaboración y actualización de un registro informatizado de apoderados de entidades licitadoras en materia de contratación con la Agencia. La elaboración y actualización de un registro informatizado de apoderados de las entidades garantes en materia de contratación, recaudación y aduanas, para actuaciones ante los órganos centrales de la Agencia. La coordinación de los registros de apoderados existentes en los Servicios Jurídicos Regionales a los fines antes señalados. La preparación del examen y calificación jurídica de la documentación exigida para contratar con la Agencia. El apoyo a las Subdirecciones competentes y a los Servicios Jurídicos Regionales en asuntos de contratación.
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eli/es/res/1999/05/11/(1)#octavo