Art. Quinto

Art. Quinto

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En vigor desde 1 jun 2020
A los efectos del procedimiento de pago que se recoge en esta resolución, se equiparan a las autoliquidaciones las tasas siguientes: – Tasas por la prestación de servicios de gestión de residuos radiactivos (modelos 681, 682, 683 y 684). – Tasas sobre apuestas y combinaciones aleatorias (modelo 685). – Tasas por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social (modelo 696).
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eli/es/res/2020/03/11/(2)#quinto