Art. Noveno
9 / 9En vigor desde 22 abr 2020
Lo previsto en la presente resolución será aplicable a los pagos que se realicen a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a partir del 1 de junio de 2020.
Se modifica por el apartado único de la Resolución de 15 de abril de 2020. Ref. BOE-A-2020-4538#un
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Proeli/es/res/2020/03/11/(2)#noveno