Art. Disposición adicional segunda
Título REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA CNMVCapítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 6 may 2016
Una vez que se produzca la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las remisiones hechas en este Reglamento a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común o a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, según corresponda, deberán entenderse referidas a aquellas normas. Se añade por el art. único.22 de la Resolución de 20 de abril de 2016. Ref. BOE-A-2016-4357 .

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Pro

eli/es/res/2003/07/10/(1)#disposicion-adicional-segunda