Art. 25
Título REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA CNMVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Del Comité Ejecutivo

Art. 25

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En vigor desde 19 jul 2003
1. El orden del día de las reuniones del Comité Ejecutivo se fijará por el Presidente, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros. 2. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure en el orden del día, salvo que sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría de sus miembros.
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eli/es/res/2003/07/10/(1)#art-25