Art. Primero

Art. Primero

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En vigor desde 1 ene 2012
Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
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eli/es/res/2012/02/10/(2)#primero