Art. Segundo

Art. Segundo

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En vigor desde 15 mar 2011
Delegar en la Jefatura de Área de Administración Financiera y Contabilidad, las siguientes competencias: La gestión y resolución de los procedimientos de reintegro por percepción de prestaciones indebidas. Las actuaciones vinculadas a la gestión económica que no estén expresamente delegadas en otros órganos de la Mutualidad General Judicial.
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eli/es/res/2011/03/01/(1)#segundo