Art. Disposición transitoria única

Art. Disposición transitoria única

13 / 14
En vigor desde 9 mar 2006
La resolución de los expedientes iniciados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente, se regirán por lo dispuesto en la Resolución 4B0/38249/2004, de 7 de diciembre.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2006/02/21/4b038020#disposicion-transitoria-unica