Art. Segundo

Art. Segundo

2 / 5
Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Navarra» para su general conocimiento. Esta resolución producirá efectos durante todo el año 2026 y, en todo caso, hasta que se apruebe la resolución por la que se establezcan medidas especiales de regulación del tráfico en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2027, con excepción de las restricciones por fechas concretas de los anexos I y II.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/res/2025/12/31/24e#segundo