Art. Parte dispositiva
En vigor desde 1 jun 2018
1. Establecer, para la carretera N-121-C, las medidas restrictivas relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución.
2. El incumplimiento de las medidas de regulación contenidas en dicho Anexo I se sancionará, en su caso, con arreglo a lo previsto en el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
En virtud del artículo 105.1 de la citada norma, los Agentes de la Autoridad, encargados de la gestión del tráfico podrán proceder, si el obligado a ello no lo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el lugar que se designe, siempre que constituya peligro o cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones.
3. La presente Resolución y su contenido desplegarán plena eficacia a partir de las 00:00 horas del día 1 de junio de 2018.
4. Contra la presente Resolución, los interesados que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Proeli/es-nc/res/2018/05/14/125#parte-dispositiva-pa